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Otra más de D. Ví­ctor Calvo-Sotelo Ibáñez-Martí­n, Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información

Sábado 21 de noviembre de 2015 · 981 lecturas



El Secretario de Estado de Telecomunicaciones sustituye las inspecciones previas a las redes de comunicaciones electrónicas por certificados presentados por las empresas

En el Boletí­n Oficial de 10 de noviembre de 2015 se ha publicado la Resolución de 4 de noviembre de 2015, de la Secretarí­a de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se establecen los supuestos en los que, para determinadas estaciones radioeléctricas, se sustituye la inspección previa a la utilización del dominio público radioeléctrico por una certificación expedida por técnico competente.

En el apartado Segundo de la citada Resolución, se establece que "Durante el plazo de seis meses a contar desde que la presente resolución produzca efectos, deberá presentarse la certificación sustitutiva de la inspección previa a que se refiere el apartado anterior en el caso de las estaciones radioeléctricas del servicio de comunicaciones electrónicas en la banda de frecuencias de 790-862 MHz (banda de 800 MHz) ubicadas en suelo urbano o en suelo no urbano en cuyo entorno permanecen habitualmente personas" .

Es decir, que para facilitar a las empresas la implantación de las instalaciones que pueden producir mayor incidencia de radiaciones electromagnéticas perjudiciales sobre la población, el Secretario de de Estado les otorga un periodo de gracia de seis meses en el que no van a realizarse inspecciones previas por parte del Ministerio.

Llama mucho la atención, especialmente teniendo en cuenta que desde que se ha aprobado la nueva Ley de Telecomunicaciones (Ley 9/2014, de 9 de mayo), es decir hace más de año y medio, aún no han tenido tiempo para desarrollar la Disposición adicional Décima de la misma, que preveí­a la creación de una Comisión Interministerial sobre radiofrecuencias y salud. Sin embargo, para lo que sea facilitar con un menor control público la implantación de instalaciones emisoras de radiofrecuencias son especialmente ágiles. Eso sí­, de lo que no se olvida el Secretario de Estado en su Resolución de 4 de noviembre es de aclarar, en su apartado Quinto, que le certificación que sustituirá a la inspección previa solo producirá sus efectos cuando se acredite por las empresas el previo pago de las tasas, aspecto éste que sí­ parece preocupar a dicha autoridad.

Ver la Resolución en pdf adjunto

Resolución de 4 de noviembre de 2015, de la Secretarí­a de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se establecen los supuestos en los que, para determinadas estaciones radioeléctricas, se sustituye la inspección previa a la utilización del dominio público radioeléctrico por una certificación expedida por técnico competente.

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