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Asociación Vallisoletana de Afectad@s por las Antenas de Telecomunicaciones - AVAATE

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Móstoles (Madrid): Piden que declare como imputado el alcalde por el caso de las antenas de telefonía móvil. En el entorno de estas viviendas se han producido más de 40 muertes y alrededor de 100 personas han resultado afectadas por cáncer, sobre todo melanomas, tumores y leucemias.

Jueves 28 de febrero de 2008 · 1531 lecturas

Móstoles 28-02-2008

Piden que declare como imputado el alcalde por el caso de las antenas de telefonía móvil

Antonio Gómez, uno de los vecinos de Móstoles afectados por las emisiones electromagnéticas de las antenas de telefonía móvil instaladas en las azoteas de varias viviendas, ha solicitado al Juzgado de Instrucción número 1 de este municipio, que instruye la causa que investiga los efectos de las estaciones sobre la salud, que cite a declarar como imputado al alcalde de la localidad, Esteban Parro (PP), y al ex concejal de Urbanismo José María Castillo por ’negligencia’ y ’desidia’ por parte del Ayuntamiento al no cumplir su promesa de retirar las antenas.

’El alcalde sólo marea la perdiz. Prometió que quitaría las antenas, pero siguen estando’, criticó Gómez, quien presentó el pasado lunes un escrito aL juez instructor de la causa. ’En Móstoles hay 31 antenas sin licencia de operatividad. La situación es lamentable. Y la gente se calla’, se lamentó.

Este vecino inició en enero de 2005 el procedimiento penal tras presentar una denuncia contra lo que calificó como el ’Triangulo de la muerte’. Esta denominación se refiere a la ubicación de las antenas en las azoteas de las viviendas situadas en las calles Pintor Zuloaga y la Espańoleta de esta localidad madrileńa, en las que se incluía la antena de Julio Romero, que ya ha sido retirada por la compańía Vodafone.

En la denuncia, Gómez aseguró que en el entorno de estas viviendas se han producido más de 40 muertes y alrededor de 100 personas han resultado afectadas por cáncer, sobre todo melanomas, tumores y leucemias. Según el denunciante, los niveles de radiación perjudican al vecindario. ’Los tres estaciones —seńaló Gómez— forman una especie de triángulo donde las ondas caen en forma de paraguas yuxtaponiéndose y mezclando lo que se conoce como bruma electromagnética’.

La denuncia iba dirigida contra las compańías telefónicas Vodafone, Orange y Telefónica, las cuales están siendo ya investigadas por el juez. El pasado octubre, los representantes legales de las empresas declararon ante el titular del Juzgado número 1 de Móstoles.

Pero el procedimiento se sigue también contra las comunidades de vecinos ’consentidoras’ de la instalaciones de las antenas. En el escrito, Gómez solicitó también que se tome declaración a los presidentes de las comunidades de vecinos mencionadas.

En concreto, se les imputa varios delitos, entre ellos estragos a la salud y a la seguridad colectiva, actividad clandestina, emisión perjudicial al medio ambiente, homicidio y lesiones imprudentes.

RETIRADA DE UNA DE LAS ANTENAS

Vodafone retiró en abril de 2007 la antena de telefonía móvil situada en el número 1 de la calle Julio Romero de Móstoles después de que se hubiera agotado el contrato que mantenía con la comunidad de propietarios y de que los vecinos llevaran el caso a los tribunales en varias ocasiones por la aparición de cáncer en doce habitantes del edificio con resultado de muerte en cinco de ellos.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ya se pronunció sobre esta cuestión, al desestimar en diciembre de 2006 el recurso de apelación presentado por Vodafone contra la decisión del Ayuntamiento de Móstoles de diciembre de 2004 de suspender cautelarmente el funcionamiento de la antena.

Sin embargo, la resolución del Alto Tribunal seńalaba que el Consistorio actuó correctamente pues ’la mera solicitud de la licencia no faculta para el ejercicio de la actividad’ y la ausencia de este permiso faculta a la Administración para decretar la clausura para garantizar el ’superior principio de respeto a la seguridad de los ciudadanos’.

Además, recogía que se trata de una actividad calificada dentro del Reglamento de Actividades, Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, por lo que debía disponer de licencia y no podría comenzar a ejercer la actividad sin que antes se gire la oportuna visita de comprobación por el funcionario técnico competente.

Terra Actualidad - Europa Press

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